Finiquito y liquidación: ¿Cuál corresponde en cada caso?

Cuando termina una relación laboral, ya sea por despido o renuncia voluntaria, es importante que el trabajador entienda la diferencia entre finiquito y liquidación, para saber a qué tiene derecho. A continuación te explicamos qué implican y en qué casos aplica cada una.

El finiquito se otorga cuando el empleado toma la decisión de terminar la relación laboral de manera voluntaria, es decir renuncia, y esta es aceptada por el patrón. En este caso, el pago se realiza por medio de cheque y el trabajador debe recibir una carta de finiquito que incluya sus datos, los conceptos que se le están pagando y especificar su decisión de dejar la empresa.

De acuerdo a la Ley Federal de Trabajo (LFT), en caso de otorgarse finiquito, el trabajador deberá percibir 15 días de aguinaldo, los días de vacaciones que te corresponden y que no has tomado, la prima vacacional y el salario pendiente por cubrir, además si trabajó en la empresa por más de 15 años, también deberá incluirse una prima de antigüedad.

El finiquito se da cuando:

  • Hay una renuncia voluntaria y existe mutuo acuerdo de las partes.
  • Finalización de contrato laboral por tiempo definido.
  • Despido justificado. En el art. 47 de la Ley Federal de Trabajo se describen las causas que derivan en una rescisión de la relación laboral sin responsabilidad para la empresa.

En estas situaciones, el patrón tendrá que notificar por escrito al trabajador los motivos por los que da terminada la relación laboral.

En el artículo 47 de la LFT se especifican los motivos por los que el patrón no tendría responsabilidad al terminar la relación laboral.

Por otra parte, la liquidación es una indemnización que se otorga cuando es la empresa quien toma la decisión de terminar la relación laboral con el trabajador, por causas justificadas o injustificadas. Este caso se puede dar en por lo menos tres situaciones:

  • Rescisión de contrato por motivos que no tienen que ver con tu desempeño, sino con reestructuras de área.
  • Cierre de la empresa o desaparición del puesto.
  • Renuncias a causa de una falta grave cometida por el patrón.

En estos casos la empresa debe pagar por concepto de liquidación 3 meses de salarios, prima de antigüedad, salarios vencidos y 20 días de salario por año trabajado.

El art. 33 de la LFT indica que una separación laboral debe hacerse por escrito y contener una relación detallada de los motivos que la provocan, así como los derechos que tiene el empleado.

En términos generales, el pago de finiquito se debe dar al trabajador por parte del empleador cuando la relación laboral se ha dado por terminada por mutuo acuerdo; mientras que el caso de la liquidación es una indemnización que se tendrá que pagar al trabajador cuando la responsabilidad de la anulación de la relación laboral recae en el patrón.