¡El SAT podría no devolverte el saldo a favor!

¿Ya presentaste tu declaración anual 2021 en el servicio de administración tributaria SAT? Desde el pasado 1 de abril puedes llevarla a cabo, pero tienes como fecha límite el 30 de este mes; siendo uno de los beneficios, obtener saldo a favor.

Cabe destacar que no todos los contribuyentes asalariados están obligados a presentar la declaración anual. No obstante, si tienes deducciones personales puedes realizarla para obtener el beneficio de saldo a favor.

Pese a lo anterior, existen algunos motivos por los cuales el SAT puede rechazar la devolución de saldo a favor:

• Si una persona es reportada como no localizada en su hogar, deberá solicitar una verificación de domicilio en el portal del SAT.

• Si el saldo a favor es mayor a 150 mil pesos, no hay devolución automática; por lo que el contribuyente tiene que presentar el formato electrónico para solicitarla por Buzón Tributario.

• En caso de tener ingresos por bienes o negocios en copropiedad, herencia o sociedad conyugal; durante su ejercicio fiscal.

• Si el contribuyente fue suspendido del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) o se frena el uso de certificados de sellos y firmas digitales.

En tales casos, es posible que las personas físicas puedan solicitar la devolución de impuestos durante los cinco años siguientes a la fecha en que se tenga la obligación de presentar la declaración o se haya realizado en pago de lo indebido.

¿Conocías la información ¡Cuéntanos en los comentarios!

¿Te resultó útil esta información? Compártela y síguenos en Facebook, LinkedIn y Twitter para no perderte más información como la de nuestro blog.

john mirón

John Mirón

Diseñador gráfico, Ilustrador, blogger, diseñador de juguetes.